Lo Smart Working nel 2021

Trabajo inteligente en 2021

Trabajo inteligente: la nueva frontera del trabajo. ¿En qué consiste? ¿Hasta cuándo se permitirá el trabajo inteligente en 2021?

La emergencia del Covid19 ha revolucionado las relaciones sociales: ha cambiado el saludo convencional, ha hecho a los individuos esclavos de la mascarilla, ha dado un empujón feroz al mundo de la medicina y ha impuesto medidas restrictivas en todo el mundo que han cambiado las relaciones humanas.

Las medidas restrictivas adoptadas, justificadas por la necesidad de contener la pandemia actual (que, como la pasta, la viruela y el cólera, será estudiada y recordada en todos los libros de historia), fueron diferentes y tuvieron impacto en todas las esferas sociales. Uno de los sectores más afectados por este tipo de emergencia sanitaria fue el sector laboral italiano: el covid19, de hecho, obligó al cierre de actividades comerciales “no esenciales” y revolucionó la forma tradicional de trabajar. En este escenario de cierres y cambios, un tipo particular de método de trabajo llamado Smart Working ha encontrado terreno fértil.

Pero ¿qué es el trabajo inteligente? ¿En qué consiste esta forma de trabajar? ¿Hasta cuándo se extenderá el trabajo inteligente en 2021?

Si quieres saber la respuesta a estas preguntas continúa leyendo el artículo que tratará brevemente este tema.

Trabajo inteligente: la nueva frontera del trabajo.

Smart Working es literalmente la traducción de “Trabajo Ágil” o “Trabajo Inteligente”, y fue bautizado en la Ley núm. 81/2017. Contrariamente a la creencia popular, esta forma de trabajar surgió 3 años antes de que surgiera la emergencia sanitaria.

Regulado por los artículos 18 al 23 de la citada ley, se establece que: Se aplican, en la medida en que sean compatibles, [...] en las relaciones laborales con las administraciones públicas, según el artículo 1, apartado 2, del decreto legislativo n.º 165 de 30 de marzo de 2001 y sus modificaciones posteriores, de conformidad con las directrices emitidas también en virtud del artículo 14 de la ley n.º 124 de 7 de agosto de 2015, y sin perjuicio de la aplicación de las diferentes disposiciones adoptadas específicamente para dichas relaciones.

Por consiguiente, quedan excluidos. “los empresarios, incluidos los pequeños empresarios a que se refiere el artículo 2083 del Código Civil”.

Cuando la pandemia se extendió en Italia, el Gobierno, teniendo que prevenir necesariamente el contagio del Coronavirus, tuvo que idear una manera de permitir a los trabajadores subordinados de empresas y administraciones públicas continuar realizando su trabajo, pero de tal manera que se evitara la propagación del virus, por lo tanto, sin ir físicamente a la oficina.

La solución se encontró retomando el método de trabajo ágil, que si se regula bien en la relación laboral y se ejecuta puntualmente, ha demostrado ser una nueva y revolucionaria frontera para el mundo del trabajo. Esto se debe al cambio del pivote tradicional sobre el que se sustenta el sistema de trabajo: ya no se centra en la “duración del tiempo” en la realización de la prestación laboral, sino que se desplaza hacia la “calidad” de la propia prestación laboral prestada por el trabajador.

Para entender el porqué de esta nueva frontera en el mundo del trabajo, a continuación explicamos el método de trabajo que incluye el trabajo inteligente.

¿En qué consiste el Smart Working?

En 2017, la definición de trabajo inteligente dictada por ley fue la siguiente: “un modo de ejecución de la relación laboral subordinada establecida por acuerdo entre las partes, incluso con formas de organización por fases, ciclos y objetivos y sin restricciones específicas en cuanto a horario o lugar de trabajo, con la posible utilización de herramientas tecnológicas para el desarrollo de la actividad laboral”.

De esta definición se extraen las pautas que marcan esta particular forma de trabajo: la “flexibilidad” orientada a la consecución de los objetivos definidos entre empresario y trabajador subordinado.

Por tanto, para “trabajar” en Smart Working no es necesario ningún tipo de formalidad sindical, únicamente se necesita un acuerdo entre las partes (trabajador y empresario), que establezca cómo debe realizarse materialmente el trabajo y qué objetivos se deben alcanzar durante su realización.

No hay referencia a un horario a respetar ni al lugar donde deben realizarse los trabajos. El trabajador subordinado es por tanto libre de trabajar en los horarios que prefiera, respetando no obstante el único límite establecido por la Ccnl y por la ley sobre la duración máxima de la jornada semanal y diaria. Además, para trabajar, el trabajador puede estar ubicado en cualquier lugar, siempre que sea capaz de realizar su trabajo, presumiblemente, mediante el uso de dispositivos informáticos y electrónicos que le permitan conectarse a la red para facilitar las comunicaciones con otros compañeros. Además, “ se reconoce el derecho a la desconexión de las herramientas tecnológicas y plataformas informáticas, en cumplimiento de los acuerdos suscritos por las partes y sin perjuicio de los periodos de disponibilidad pactados ”. Por lo tanto, alguien que trabaja de manera inteligente no tiene disponibilidad 24/7, sino que puede respetar el horario laboral diario y luego desconectarse una vez finalizado el trabajo.

Incluso en lo que se refiere al disfrute de vacaciones, permisos y bajas por enfermedad, todo permanece inalterado y sujeto a las mismas condiciones originales previstas en el contrato de trabajo.

En consecuencia, como nada cambia en las horas de trabajo ni en el rendimiento del trabajador, tampoco cambia el salario del trabajador. Realizar trabajos en modo de trabajo inteligente dice la ley “no pueda tener repercusiones en la relación laboral ni en los tratamientos salariales”; Por tanto, el salario sigue siendo el previsto en el contrato.

Dado lo anterior, se puede percibir de inmediato los beneficios económicos y de salud que ha traído el realizar el trabajo de manera ágil, lo que no solo ha abierto nuevos horizontes al permitir trabajar “desde casa” sino que también ha contenido eficazmente la emergencia sanitaria y contrarrestado la propagación del Coronavirus.

El éxito del trabajo inteligente ha sido tan explosivo que ha permitido su extensión también al sector privado, de hecho, sobre este punto aclara el artículo 90, apartado 4, del Decreto Legislativo 34/2020 (tal y como prevé el Decreto Legislativo 52/2021), “la referida modalidad de ejercicio de la actividad laboral podrá ser aplicada por los empresarios privados a cualquier relación laboral subordinada incluso en ausencia de pactos individuales previstos por la legislación vigente”.

¿Hasta cuándo se permitirá el trabajo inteligente? La extensión de 2021.

En la situación actual, la pandemia, aunque contenida, no está totalmente conjurada, por lo que sigue siendo útil seguir realizando el trabajo de forma ágil.

En este punto, la conversión del Decreto Legislativo sobre la Reapertura, Decreto Legislativo 22 de abril de 2021, n. 52 (Ley del 17 de junio de 2021, n. 87) informa específicamente sobre la extensión del trabajo inteligente en la AP hasta el 31 de diciembre de 2021.

En cuanto a la Administración pública, la ampliación aporta otra novedad: se suprime el límite del 50% como porcentaje mínimo de plantilla en teletrabajo y se pone el acento en los principios tradicionales de eficiencia y eficacia de la AP. Para ser más concretos, la lógica pasa a ser: no importa cuántos trabajadores realicen sus actividades laborales de forma ágil, lo que importa, en cambio, es que la administración pública sea siempre eficiente, eficaz y que los ciudadanos sigan satisfechos con sus necesidades.

Por último, para garantizar el buen funcionamiento de la administración pública, el Decreto Legislativo 52/2021 exige que cada AP elabore antes del 31 de enero los denominados “POLA”, es decir, Planes Organizativos de Trabajo Ágil que permiten definir los servicios que se pueden realizar en smart working y fijar los objetivos finales a alcanzar en el año.

Sin embargo, incluso el sector privado recurre cada vez más al trabajo inteligente (si quieres saber cómo se compone una empresa privada solicitar informe de empresa aquí ) , y por ello, el Ministerio de Trabajo ha propuesto la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021, también en el sector privado.

Concluimos el artículo con una reflexión del sociólogo Domenico De Masi sobre el tema “no es el proceso lo que cuenta, sino el objetivo […] Lo importante es que cumpla su tarea de la mejor manera posible”.

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